¿Qué es el Alquiler Social?

Es una iniciativa del Gobierno de España y de los Bancos/Cajas para promover la creación de un Fondo Social de Viviendas (FSV), cuya finalidad es la protección de determinados deudores hipotecarios, consistente en ofrecer cobertura mediante su arrendamiento a aquellas personas que pierden su vivienda habitual.

Es pues que aquellas personas que se han visto inmersas en un proceso de ejecución sobre su vivienda, pueden solicitar y obtener un arrendamiento sobre una vivienda e incluso sobre la misma vivienda ejecutada, en unas condiciones económicas muy favorables.

¿Quién puede beneficiarse del Alquiler Social?

Aquellas personas que hayan perdido su vivienda habitual con posterioridad al 31 de diciembre de 2007 en un procedimiento de ejecución hipotecaria o dación en pago y aún no se haya producido el desalojo y que reúnan unas circunstancias económicas y sociales determinadas.

Esta situación puede haber sido provocada por el impago de un préstamo hipotecario (hayan sido o no desalojadas) o como resultado de una dación en pago, y que se encuentren en una situación de especial vulnerabilidad social.

¿Cuál son las condiciones del arrendamiento?

  • La renta estará comprendida entre 150 y 400€ al mes, con un límite máximo del 30% de los ingresos netos.
  • La duración del contrato será de 2 años, ampliable a otro año más.
  • El arrendatario se obligará a destinar el inmueble a su vivienda habitual.

 ¿Qué puede hacer el portal www.segundaoportunidad.es por mí?

El portal www.segundaoportunidad.es analizará su caso y gestionará la documentación necesaria para presentarla ante el Abnco/Caja a fin de solicitar el alquiler social, haciendo un seguimiento de la correcta aplicación del Convenio del FSV.

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